Embajada de Chile en Portugal
Convenios
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CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL En condiciones de ser promulgados como leyes, tras ser aprobados por
unanimidad en el Senado, en segundo trámite constitucional, quedaron los
Convenios de Seguridad Social suscritos en 1999 por el Gobierno de Chile con
los gobiernos de Ambos instrumentos internacionales que benefician a poco más de 20 mil
chilenos, tienen por finalidad que los nacionales de los Estados Partes
puedan beneficiarse de las cotizaciones que hubieren enterado en Chile,
Francia o Portugal, producto de actividades laborales desarrolladas en el
territorio de las Partes. De esta forma los beneficiarios mantendrán la
continuidad en su historia previsional y podrán el gozar de los derechos de
la seguridad social. Chile ha suscrito en el último tiempo convenios similares con
Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España,
Estados Unidos de América, Finlandia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega,
Québec, Suecia, Suiza y Uruguay. Además los está negociando con otro
importante número de países. El goce de los derechos de seguridad social deberían
reflejarse al final del desarrollo laboral de cada trabajador y a partir de
la promulgación de ambos Convenios, los nacionales de los Estados Parte
podrán beneficiarse de las cotizaciones efectuadas en sus respectivos países
y tener garantizada su continuidad previsional. Disposiciones
del Convenio |
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Reformas Constitucionales |
El 13 de
julio 2005, la Cámara de Senadores aprobó el paquete de reformas constitucionales
entre las cuales hay dos articulados reformados, que benefician a los
chilenos residentes en el extranjero: la recuperación de la nacionalidad,
porque de ahora en adelante se renuncia a ella voluntariamente, y el retorno
al principio de ius sanguinis,
mediante el cual nunca más habrá niños apátridas. El 16 de
agosto ambas Cámaras, Senado y Diputados, se reunieron en Pleno para
sancionar la aprobación, la que fue promulgada, posteriormente, por el Primer
Mandatario. El texto refundido, sistematizado y coordinado de Las históricas reformas contemplan: Poder Ejecutivo: Se rebaja de Poder Legislativo: Se pone
término a los senadores designados y vitalicios a partir del 11 de marzo del
2006; se rebaja edad para postular al Senado de Poder Judicial: Órganos del Estado: EI Contralor General de la República estará 8 años en el cargo, con
edad máxima de 75 años; el Consejo de Seguridad Nacional será sólo un
organismo asesor del Presidente y será convocado sólo por el Primer
Mandatario; el sistema electoral se
traspasa desde la Constitución a la ley orgánica constitucional respectiva;
el Tribunal Constitucional aumenta sus miembros a 10; tres serán designados
por el Presidente; dos, por el Senado; dos, por la Cámara de Diputados; y 3
nombrados por |
